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viernes, 27 de mayo de 2011

La Psicología. Sus problemas fundamentales. Por Alberto R. Vilanova

Consideradas desde una perspectiva sociohistórica, las ciencias y profesiones son fenómenos de vida breve. Hijas de demandas sociales y económicas cambiantes, viven un constante estado de transformación, fluencia e interpretación. La psicología no es ajena a este proceso, y sus temas y problemas centrales, sus ambigüedades y perplejidades lo reflejan. En este apartado se abordarán los conflictos internos de la psicología desde cuatro  dimensiones: la histórica, la teórica, la metodológica y la profesional.

Problemas históricos

La mayor parte de los psicólogos entiende que su disciplina advino al mundo en 1879, cuando, en conflictiva ruptura con la filosofía, es creado por Wilhelm Wundt (1832-1920) el primer laboratorio experimental en Leizpig, Alemania. Sin embargo, este mito creacionista se ha visto empañado, más de una vez, por argumentaciones y evidencias de signo contrario. En primer lugar, se ha señalado que si el laboratorio experimental habría de considerarse la divisoria de aguas entre una psicología especulativa –filosófica- y otra empírica –científica-, el hito fundacional debiera atribuirse a Gustav Fechner (1801-1887), quien, con su “psicofísica” experimental (1860), nacida en laboratorios similares a los de Wundt, habría constituido el verdadero eslabón de enlace entre las indagaciones fisiológicas que se encontraban con problemas psicológicos y aquellas otras que, algo más tarde, preocupadas por resolver problemas psicológicos apelaron a la fisiología. Pero otras dos objeciones, también importantes, ensombrecen la imagen de Wundt fundador. Los italianos, atentos a sus propios próceres, se encuentran en condiciones de probar que el primer tratado de psicología experimental (1873) y también el primer laboratorio (1876) fueron obra del antropólogo Giuseppe Sergi (1841-1936), con lo que Roma reemplazaría a Leizpig como ámbito del acto de creación. Por último, estudios documentales sobre los epistolarios y los escritos públicos de Wilhelm Wundt han demostrado el error de atribuir intenciones autonomistas a su actividad, poniendo en evidencia que fue, en realidad, un vigoroso opositor a la idea de separar la psicología de la filosofía, ya que, según él, un psicólogo puro no sería sino un mero tecnólogo, victima inveterada de filosofías implícitas e ingenuas. Sobre esta base, algunos historiadores sugieren que el verdadero nacimiento de la psicología como disciplina independiente es solidario al de su emergencia como carrera universitaria y como profesión, hecho ocurrido en la última década del siglo anterior en Estados Unidos. Si éste fuera el criterio, sería insoslayable el reconocimiento al pionerismo a Stanley Hall (1844-1924), primer doctorado en psicología y organizador de la primera asociación de psicólogos en 1892.
Pero no todos presuponen que el experimento constituye la piedra de toque para discernir la aparición de una psicología científica. Si se prestara atención, antes que nada, a la intención de autonomía, parece seguro que la psicología nace con Johan Friedrich Herbart (1776-1841), el primer pensador que, a través de un manifiesto programático (Psychologie als Wissenschaft, 1824), anunció que ésta es una ciencia autónoma, tanto de la filosofía cuanto de la fisiología, inaugurando, de paso –antes que Wundt y Freud, respectivamente- las ideas de la cuantificación de los procesos psíquicos y de la existencia de un inconsciente reprimido. Si el centro de interés para establecer un nacimiento mítico  lo constituyera no el experimento molecular sino la observación extrospectiva –método que nadie ha impugnado como anticientífico- brota una cohorte de investigadores en condiciones de aspirar al honroso cargo que se discute. Y, en efecto, ha llegado a afirmarse que la psicología como ciencia natural nace en las inferencias observacionales que Charles Darwin (1809-1882) dedica, en un significativo escrito (The expresión of the emotions in man and animal, 1872), a las convergencias entre el psiquismo humano y el de los grandes primates, inaugurando el estudio comparado del comportamiento ecológico y espontáneo, único abordaje confiable, no artificial, al que debería acudir el psicólogo. También, y por último, la observación como sustituto del experimento fue propuesta por la psicología patológica, la que puede considerarse nacida en Théodule Ribot (1839-1916). Ribot, sin por ello dejar de admirar la tradición experimental alemana, postuló que el único recurso valido para comprender como se estructura el psiquismo no es la observación longitudinal de su desestructuración, lo que sólo ocurre en la enfermedad mental (Les maladies de la mémoire, 1881; Les maladies de la personnalité, 1885). Así, esta “Escuela de Paris”, antagonista de la de Leizpig, inició una tradición medicalista en psicología –importa señalar que Jean Martin Charcot (1825-1893) presidió el primer congreso mundial de psicología, en 1889-, continuada por Pierre Janet (1859-1947), el primero en definir a la psicología como ciencia del comportamiento. Si bien esta vertiente clínica perdió el combate por la preeminencia ante las huestes alemanas y angloamericanas –promotoras del experimento como recurso de privilegio- constituye, para el historiador de las ideas, un testimonio de otro posible “nacimiento”.
Parece evidente, a la luz de lo expuesto, que la psicología asoma al escenario de las ciencias como una empresa plural, de contornos imprecisos, fuertemente condicionada por factores epocales, culturales e incluso políticos. Alimentada por un amplio espectro de saberes y de praxiologías preexistentes (epistemología, axiología, biología, medicina, antropometría) esta disciplina constituyó una floración tardía de la civilización industrial, y tempranamente se le exigieron respuestas eficaces a urgencias sociales de diverso tenor. Comparte, con el resto de las empresas científicas, la dependencia de variables extraacadémicas, la no rigurosa demarcación de su territorio, la multiplicidad de versiones sobre el origen, la inexorabilidad de su desaparición en aras de disciplinas más especializadas y más estrictas.
Si la psicología, en síntesis, ha de dividirse en dos estadios, uno “precientífico” y otro “científico”, debe ser hallado ese mojón indicador de la separación, lo que conduce a múltiples cultos al “acontecimiento inicial’, recurso que no es el de la historia científica. Contrariamente, si se centra el interés no en los acontecimientos sino en los procesos de larga duración, podrá apreciarse más realísticamente el complejo entramado socioeconómico y cultural que subyace a las artes, ciencias y profesiones humanas, y que muestra a éstas como un universo de actividades con nombres propios cambiantes y con permanentes ciclos de nacimientos, muertes relativas, transformaciones y también relativos resurgimientos.

Problemas teóricos

Frecuentemente se señala la escolasticidad –división en escuelas- de la psicología con la intención de resaltar su “inmadurez”, su advenimiento reciente al sistema de las ciencias. Esta observación es más frecuente entre los psicólogos mismos que entre los cultores de las ciencias puramente naturales y experimentales. Se indica que la división en múltiples escuelas de pensamiento, esto es, en explicaciones dispares para una misma incógnita, no hace más que poner de manifiesto un tipo de desacuerdo imposible para las ciencias. Cualquier pregunta que se haga a un psicólogo obtendrá entonces, una respuesta escolástica, y, por eso mismo, escasamente confiable. Algunos, desesperados por esta situación, promueven o anuncian la extinción de las escuelas, lo que se evidenciaría en la aceptación universal de algún objeto de estudio –los procesos mentales, la conducta, la actividad, etc. Estos dos planteos, el de la inmadurez de la disciplina y el del objeto de estudio consensuado, merecen un tratamiento algo detenido en sus muchos matices.
Conviene, en primer término, recordar que nunca se partió, en ciencia, de un saber ya unificado, y que la historia del conocimiento no es sino una constante crónica de reyertas entre sistemas de pensamiento dispares. Aun hoy, el biopatólogo y el fisiólogo experimental se debaten en un piélago de teorizaciones sobre la naturaleza de la arteriosclerosis, la diabetes, los canceres o cualquier tipo de proceso degenerativo. El físico, el matemático, el astrónomo y el exobiólogo deben optar, antes de establecer hipótesis operativas, por algunos de los divergentes “modelos de universo” que hoy encuentran disponibles, aunque más no sea como telón de fondo coherentizador o inspirador. El geólogo necesita elegir entre las muchas teorías que intentan explicar los misteriosos procesos internos del planeta, si aspira a legitimar sus asertos sobre la delgada napa hasta ahora conocida, y el biólogo evolucionista se detiene perplejo ante las variadas y antagónicas versiones sobre la correlación emergencia –la vida, el universo, el hombre, los astros, la salud, etc- promueve, desde el comienzo, la existencia de sistemas y teorías en conflicto. Por otra parte los “próximos pasos” de cada disciplina, esto es, sus tópicos aun no elucidados, existen sólo en un plano teórico. En este sentido, es valida la sentencia de Goethe :cualquier hecho fue antes una teoría. Todo saber no tautológico, que no constituya un discurso sobre lo conocido, es un saber escolástico, y el científico lo es más que ningún otro, precisamente porque se anuncia a sí mismo como cuestionamiento, como intento de refutar las afirmaciones de ayer. El científico es un enemigo del sentido común y un promotor de aquello que Robert Oppenheimer denominara “sentido insólito”, pues su quehacer no es sino la búsqueda tenaz de lo inédito, que al comienzo siempre es disparmente teorizado.
La psicología, entonces, posee sistemas, teorías, modelos y “escuelas” como cualquier otro emprendimiento científico. Su debate epistemológico interno no puede ser cancelado a favor de alguna verdad sobre “lo real”, pues las ciencias son mucho más exploraciones de teorías que de realidades del sentido común. La existencia de escuelas no es  un indicador de inmadurez sino del estado de ebullición propio de toda ciencia viva.
El segundo planteo merecedor de problematización es el de un objeto estable, único, aceptado por todos. Las ciencias, en su rumbo veloz y arborescente hacia la ruptura y la generación de nuevas ciencias, estudian muchos objetos a la vez, y todos ellos se imponen como aceptables. El genetista, el etólogo, el ecólogo humano y el palinólogo encaran, por ahora sin dejar de ser biólogos, tópicos muy dispares, y no los unirá más el recordar que estudian “la vida”. En psicología, el experto en aprendizaje se ocupa de problemas que no son sino remotamente los del motivólogo, el teórico del desarrollo o el psicólogo social, político o comunitario. La psicología estudia el comportamiento, en sus planos molar y molecular, y también la cognición, la personalidad, la motivación y la interacción microsocial movida por valores e ideologías. Estos capítulos serán, andando el tiempo, ciencias independientes, y ya se advierte en algunas naciones (en Estados Unidos, por ejemplo, cuna de la psicología universitaria) la creación de carreras distintas para dar cuenta de campos que ayer fueron exclusivos del psicólogo –cognición, comportamiento interpersonal, procesos psicobiológicos. Es que el mayor problema de la psicología contemporánea no es el de recortar su especificidad frente a otras disciplinas o el de proclamar su madurez sino el de interrogarse sobre si su inaudita expansión no conspira contra la idea original de disciplina única, y sobre cuánto tiempo podrá sostener el “control jurídico”, bajo el vocablo psicología, de la profusa y heterogénea masa de investigaciones en curso.
Lo anteriormente señalado obliga a encarar otro aspecto problemático de la teorización psicológica: el de constituir el puente conceptual que une los informes provenientes de las ciencias naturales con aquellos oriundos de las ciencias sociales. Reconociendo al psiquismo como el producto de la intersección entre el organismo –con su bagaje filogenético- y la sociedad –con su densa herencia histórica-, es probable que la elucidación de sus reglas de funcionamiento y de sus factores de causación constituya la empresa más ambiciosa de la comunidad científica, con sesgos, incluso, utopistas. La investigación psicológica, en efecto, transita desde los tópicos más “microscópicos”, como pueden serlo el comportamientos segmental de alguna especie animal o de algún sector aislado del sensorio humano, hacia los más “macroscópicos”, como los fenómenos de muchedumbre, publico, auditorio o representación colectiva. ¿Qué concepción teórica puede, sin ser sospechada de metafísica, articular estos procesos donde se interpretan datos de la química biológica, la fisiología, la socioantropología e incluso la economía? ¿Puede, una ciencia que es en realidad interdisciplinaria, soportar estas tensiones y dar respuestas en su propio idioma, distinto al del biólogo, el sociólogo o el historiador? Impulsados, por cierto que legítimamente, por afanes tanto de tipo científico como gremial, algunos psicólogos han propuesto a su propia especialidad como formula para evitar la dispersión. Así, se ha podido afirmar que el lenguaje de la etnopsicología (Hau, F.L.K., 1970; Hofstede, G., 1983), o bien el de la biopsicología (Rosenzweig, M., 1982) acabará constituyéndose en el código común para axiomatizar, en el futuro, toda la teorización psicológica. Esta propuesta de unidad desde la propia óptica no parece distinta de aquello otra que, proclamando la abolición de los sistemas psicológicos, sugiere como objeto de estudio único al que fuera distintivo de uno de los sistemas, el cual habría sobrevivido, extrañamente, a la extinción.
Sin que por su complejísima urdimbre puedan ser analizados  en este apartado, pueden mencionarse otros factores que inciden en los planos teóricos de la psicología. Uno de ellos es el carácter nacional de las tradiciones científicas, que han producido modelos de la mente solidarios con las culturas locales. Estos modelos regionales, a su vez, han impulsado investigaciones empíricas con hallazgos no discutidos. Gordon Allport ha señalado la existencia de una psicología “centroeuropea”, nacida al claror de la filosofía racionalista y de las vicisitudes políticas de Alemania, Italia y Francia, y de otra “angloamericana”, infrutescencia del empirismo filosófico y de las revoluciones liberales (1956). En la primera, se postula una mente autoactiva, con fuerzas de carácter innato y por lo tanto fijo; en la segunda el psiquismo es variable dependiente del ambiente y, por ello, plástico e influíble. Serian centroeuropeos los modelos gestálticos, comprensivos, fenomenológicos y estratigráficos, en tanto el funcionalismo, el conductismo, la reflexología y el psicoanálisis culturalista portarían la impronta empirista angloamericana. La escuela soviética, por su parte, ha postulado una psicología relativista y sociológica inspirada en el materialismo histórico, la que ha conducido a los ahora clásicos desarrollos de Lev Vigotsky, Alexander Luria, Konstantin Platonov, Bluma Zeigarnik, Alexei Leontiev o Piotr Galperin.
También aspectos de orden académico, tales como la formación profesional de origen, han laborado a favor de teorías antagónicas pero promotoras, sin embargo, de evidencias empíricas inomitibles. Así, las teorías del isomorfismo de Wolfgang Köhler y del campo dinámico de Kurt Lewin llevan la impronta de esos “físicos-psicólogos” en tanto cualquier variedad del psicoanálisis, así como los temas en los que éste predica de sí la solvencia, delatan su linaje médico. El énfasis en los valores, el sentido y la teleología, presente en la investigación contemporánea, nace entre historiadores, eticistas y axiólogos como Wilhelm Dilthey, Heinrich Rickert o Wilhelm Windelband.
Tópicos como el aprendizaje, la inteligencia o la creatividad crece a partir de pedagogos y epistemólogos (desde John Dewey o Edouard Claparede hasta Jean Piaget o A. S. Makárenko), y el recurso a los laboratorios y a los procesos básicos ha distinguido a los psicólogos diplomados como tales, a quienes, durante la primera mitad del siglo, se los concibió ante todo como investigadores “puros”.
Además de las coloraciones nacionales y academicas, la teoría psicológica ha sido y es influida por factores ideológicos, en el sentido amplio de este término. Joseph Remi Nuttin, por ejemplo, (considerado uno de los expertos más conspicuos en motivación) parte de premisas religiosas en sus primeros escritos –por caso: Psychanaly et conception spiritualiste de l’homme, 1995-, y estas creencias inspiran una secuencia de investigaciones provistas de sólido piso empírico. El marxismo puede ser hallado detrás de las profusas contribuciones observacionales de Henri Wallon; el vitalismo inspira las concepciones psicobiológicas de Kurt Goldstein; el existencialismo y aun el budismo dejan sus huellas en los escritos científicos de Abraham Maslow, Carl Rogers, Lawrence LeShan o Irvin Yalom. Si se observara más de cerca este fenómeno, no sería imposible rastrear los componentes espiritistas, liberales, ecologistas o gnósticos que constituyeron la fuerza motivacional que facilitó o incluso determinó la emergencia de sistemas teóricos aceptados como plausibles y “neutrales” por la comunidad científica.
Finalmente, debe ser destacada la creciente injerencia de las disciplinas “vecinas” en el interior mismo de la teorización psicológica. La ecología ha impulsado modelos holísticos, en los que el contexto es percibido como la variable independiente por excelencia en la determinación de la conducta, la que ha sido redefinida, a veces, como la unidad mínima en el estudio de la biosfera. Asimismo, se exige hoy “validez ecológica” a la teoría, esto es, que los sucesos estudiados deben poder ser detectados en el ambiente, puesto que de allí proceden. No menor es la incidencia de la informática y de la teoría general de los sistemas, que han generado verdaderas escuelas (cognitivismo, modelos constructivistas, sistémicos, etc) que, a su vez, van escindiéndose –ante nuestros ojos- en otras tantas, por ahora de contornos imprecisos. Los estudios sobre genética bioquímica de la neurotrasmisión, dominancia cerebral y neuroendocrinología  están alterando, en el presente, gran parte de lo que hasta ayer mismo se estimaba como válido en los campos  de la memoria, inteligencia, patología mental, aprendizaje o acción motora. En el otro polo del espectro, la sociología y la antropología social se ocupan de derribar viejas creencias –y de edificar otras- en áreas propiamente psicológicas, como pueden serlo la vida comunitaria y de los pequeños grupos, la motivación para el trabajo, el empleo del ocio o la armonía conyugal.
Los sistemas y escuelas psicológicos, entonces, constituyen una matriz inicial en la elaboración de diseños investigativos, y mudan incesantemente sus formas bajo el imperio de influencias diversas. Si bien deben ser reconocidos sus inconvenientes (promoción del dogmatismo, insensibilidad hacia la impugnación), también han de serlo sus meritos: organización de la percepción, fuente motivacional para el investigador, fuerza impulsora hacia lo inédito. Si bien el estado presente de la psicología no admite el gesto renacentista de anunciar una teoría general de la mente o del hombre, parece inevitable la convivencia con tendencias dispares del pensamiento, hijas de esa misma propensión a la totalidad. Estas divergencias obligan a una existencia en la incomodidad intelectual, pero no otra es la morada psicológica del científico.

Problemas metodológicos

De la inveterada discusión en psicología, se extraerán para su examen tres aspectos descollantes: la rigidez metodológica o “metodolatría”, la posibilidad de un sincretismo en lo teórico y la gran bifurcación hacia lo natural y lo histórico.
Un rasgo distintivo de la teorización psicológica lo constituye, como fue señalado, la proclamación de un objeto único, consensuado, universal. Este enclaustramiento en lo objetual ha producido la tendencia al método único y, por esta via, al modelo explicativo único. Las escuelas psicológicas, si se las estudia desde esta perspectiva, serán menos flexibles cuanto menos acepten la posibilidad de la multiplicidad de objetos y de métodos. Si el objeto es solamente uno, el método habrá de serle solidario, alimentando la teoría por él mismo creada y generando una circularidad “intraparadigmática” de la que no es posible salir.
Si esta tendencia, en cambio pudiera revertirse aceptando la pluriobjetualidad (y por tanto la fluidez metodológica), las teorías comenzarían a admitir, aunque se desbarate parcialmente su orden interno, hallazgos de otras teorías que, evidentes a los ojos del lego, no pueden ser reconocidas por el propio psicólogo. Un camino hacia este logro podría constituirlo –y así se lo ha propuesto contemporáneamente- el “cruzamiento” entre métodos y teorías, esto es, la investigación experimental de los descubrimientos observacionales y viceversa, y la combinación de pasos correlacionales, diacrónicos y experimentales en un solo proceso investigativo. Esta holgura metodológica permitiría elucidar incógnitas para las que el método que produjo la teoría es impotente, detectando nuevos factores de causación en lugares distintos a los tradicionales. Así, las entidades “sólidas”, los núcleos de racionalidad que habitan en todas las teorías psicológicas, en suma, los descubrimientos verdaderos, podrían ser reordenados en nuevas teorizaciones, más resistentes a la confrontación y, al mismo tiempo, más abiertas a la refutación. De hecho, este proceder se está abriendo paso junto a la idea de que no es el objeto único o la teoría a él enfeudada la entidad a estudiar sino el problema abierto, es decir aquello que aun ninguna teoría explica por completo y que une, por esa razón, a todos los investigadores.
La posibilidad del sincretismo teórico, de una concepción general –aunque siempre provisoria- del psiquismo que aúne sin contradicciones las evidencias aportadas por sistemas divergentes, constituye otro problema para el metodólogo, aunque más difícil de afrontar que el anterior. Descartando al eclecticismo como recurso propio de la filosofía o de las artes, queda en pie la posibilidad de un pluralismo sistemático, o un sincretismo que armonice, sobre un cimiento empírico, conceptualizaciones capaces de resistir las exigencias investigativas. El condicionamiento reflejo, la inhibición reciproca o el refuerzo son entidades que trascienden la imaginación de sus proponentes, pero también lo son la tendencia a la exploración autoiniciada, los proceso inconscientes y la capacidad conductora de la cognición consciente. No existen, en el presente, muchas propuestas de reordenamiento jerárquico de estos hallazgos, y entre las pocas algunas corresponden al eclecticismo de “buena voluntad”.
Sin embargo, si es cierto que la psicología es ciencia y, por tanto, revolución conceptual incesante, y si el impacto de las disciplinas vecinas posee la envergadura descripta en el apartado anterior, es inminente una reagrupación de conceptos en la que sólo pervivan los “consistentes”, incluso aunque este paso no sea dado por los psicólogos.
El tercer problema a presentar es inherente a la naturaleza misma de la psicología, la cual, como se ha indicado, constituye una interdisciplina en la que se interceptan lo biológico y lo social. Esto significa que sin la imaginación metodológica necesaria para articular los procesos naturales (más bien universales, “nomotéticos”) con los culturales (más bien epocales, “idiográficos”) no parece posible encontrar patrones comunes, regularidades, “leyes” que den cuenta del psiquismo como un todo. La circunstancia de que los componentes básicos del psiquismo sean indisociables (al menos para el psicólogo) complejiza extraordinariamente las tareas de la disciplina, y pueden considerarse evitaciones o “salidas fáciles” los planteos de estricto determinismo orgánico o estricto determinismo ambiental. Incomoda, por tanto, es la posición del psicólogo al tener, como meta final, la articulación puntual del hombre natural con el hombre cultural, o, dicho en términos más precisos, el establecimiento de los componentes filogenéticos y sociohistóricos y la descripción minuciosa de su ensamble. La reciente autonomía académica, en algunas naciones, de la sociopsicología y la neuropsicología no labora en esta dirección sino, más bien, en la contraria. La flexibilidad metodológica recién mencionada se impone, entonces, como único camino ante la magnitud de este problema, el más importante de la psicología. Tampoco es ésta una tarea que el psicólogo podrá afrontar por sí solo, y las líneas de despliegue de la ciencia actual parecen sugerir que el enigma será resuelto con la coalescencia de los ya numerosos expertos que proveen tanto las ciencias de la vida como las de la sociedad

Problemas profesionales

La tendencia a la diferenciación que distingue a las ciencias y profesiones se manifiesta con plenitud en la proliferación de especialidades psicológicas, las cuales, en algunas naciones, ya alcanza la cincuentena. Los asuntos ergológicos, jurídicos, etnológicos, políticos, publicitarios y hasta los de la exploración espacial están dando lugar a prácticas de promoción o asistencia muy circunscriptas, que responden a demandas culturales de todo orden. Sin embargo, no todas estas praxiologías cuentan con respaldo científico, y es cada vez mayor la brecha que se abre entre el psicólogo investigador y el “aplicado”. El primero, sumido en un piélago de problemas de carácter limitado, obligado a la lectura de un número creciente de informes y publicaciones especiales, no está en condiciones de dar respuesta científica a los complejos problemas que ocupan al profesional. Este, a su vez, presionado por la exigencia de respuestas urgentes no encuentra, en el estado actual de la investigación, un aval confiable a sus intervenciones. Todo sugiere la imposibilidad de que un mismo personaje social pueda constituirse en indagador de tópicos puntuales y resolutor de problemáticas amplias, y parece éste un camino sin retorno. Esta situación se ve agravada por las tendencias de los grupos “profesionalistas” a desplazar, en la conducción de las asociaciones y cuerpos colegiados, al investigador básico. Es éste un punto crítico para la cohesión gremial, y algunos observadores han presagiado una emigración masiva de investigadores hacia disciplinas más atractivas u hospitalarias, como la biología del comportamiento o la antropología. Si prosiguiera esta preeminencia de las ramas aplicadas en los planos conductivos, la psicología devendría una morada incomoda para el estudioso de la percepción, la neurotrasmisión o el desarrollo cognitivo, que se vería forzado a buscar un hogar más confortable en las disciplinas vecinas.
Al mismo tiempo, los reproches son mutuos. El psicólogo de los procesos básicos suele percibir en el profesional a un improvisado que va más lejos de lo que la investigación es capaz de respaldar, y que ignora si su conocimiento progresa y por qué lo hace. El práctico, a su vez, imputa al investigador un excesivo centramiento en las funciones elementales que ocurren en breves escalas de tiempo, cuando lo que la sociedad reclama es un abordaje de las situaciones humanas complejas en procesos de larga duración.
Otro factor que complejiza el futuro profesional es el desmesurado incremento de la matrícula estudiantil en las universidades, fenómeno que, de mantenerse constante un mundo poblado por más psicólogos que habitantes en más de dos siglos. Sin embargo, esta expectativa extravagante -cuya implicancias filosóficas no pueden estudiarse aquí- carece de re… si se considera que la psicología no sobrevivirá –como disciplina unitaria- doscientos años, sino que, seguramente, habrá de transformarse en una miríada de saberes y quehaceres dispersos, olvidados incluso de su remoto suelo común.
Por último, resulta pertinente una mención a la formación de psicólogos en la América Ibérica, y a sus principales problemáticas. Como profesión, la psicología nació a fines del siglo XIX en Estados Unidos, y bastante tardíamente irradió a Europa e Iberoamérica. Aun hoy, hay mas psicólogos en aquel países que en todos los demás juntos. Las carreras europeas fueron motorizadas por factores económicos y tecnocientíficos estadounidenses; promediando los 40 la psicología era en Francia, Alemania, Italia o Rusia no más que una especialización de posgrado para filósofos. En Francia se reconoce la licenciatura en 1944, y en la ex Unión Soviética recién se organizan los estudios de pregrado en 1966. Hispanoamérica no es ajena a este influjo, y los primeros departamentos y escuelas emergen más o menos en esos tiempos, siendo los países lideres México (1937), Guatemala (1946), Chile (1948), Colombia (1948) y Cuba (1950). En Argentina se crea la profesión en 1956, al igual que en Venezuela y a tres años de distancia de Brasil (1953). Más recientemente se organizan los estudios de grado en Uruguay (1962), Nicaragua (1970), Bolivia (1971) y Paraguay (1972).
Existe acuerdo en que la psicología iberoamericana transitó tres ciclos definidos, si bien con modalidades regionales. En primer término el psicólogo fue definido como un psicómetra, esto es, un auxiliar de la pedagogía, la medicina y la ergología que trasladaba a estos ámbitos conocimientos presuntamente nacidos en la experimentación de laboratorio. A partir de la Segunda Guerra el psicólogo se transforma en un asistente abocado a la practica de la orientación y la terapia, quehacer éste siempre reclamado por el médico y que promueve querellas jurídicas (debe destacarse que en Estados Unidos la practica de la psicoterapia por psicólogos se legisló lentamente y estado por estado, desde Connecticut (1945) hasta Missouri (1977). El tercer ciclo de la psicología profesional iberoamericana se distinguió por el énfasis en los aspectos preventivos y comunitarios, por la investigación sobre los efectos de ese tipo de intervención, y por la consolidación en los planos legal y deontológico, tendencias que aun perduran.
Algunos de los inconvenientes mas señalables de la capacitación de psicólogos en Iberoamérica los constituyen los avatares políticos –ha sólido atribuirse a ellos actividades desestabilizadoras o, al menos, contestatarias-, la escasez de presupuestos para la investigación básica, la carencia de bancos de datos y bibliografías actualizadas y la imprecisión en la demarcación del rol profesional. En Argentina, por ejemplo, la psicología es ensenada desde la perspectiva monoteórica del psicoanálisis, lo que genera un tipo de egresado que no se percibe a sí mismo como parte de la comunidad internacional de psicólogos –en la cual el espacio ocupado por el paradigma psicoanalítico no es importante. Al mismo tiempo, este tipo de formación produce la hipertrofia del área clínica en detrimento de otras, socialmente más demandadas y poseedoras de mayor tradición investigativa.
El fenómeno contemporáneo de “achicamiento del mundo”, hijo de la expansión extraordinaria de los medios de comunicación, está produciendo, no obstante, un rápido acercamiento del psicólogo hispanohablante a sus colegas del extranjero, y ello a través de los numerosos congresos internacionales, publicaciones multilingües, enseñanza telematizada, modalidades no presenciales de actualización y posgrados transprofesionales. Pero estas tendencias de base tecnológica que operan en dirección a la unidad constituyen, a la vez y a plazos medianos, el mismo tipo de agente cultural que transformará –a escala mundial- a la disciplina en un haz de ciencias biológicas y microsociales con fuero propio, las que habrán olvidado, acaso, las pugnas por la autoafirmación en las que se debate la por ahora ciencia madre.

ALBERTO VILANOVA
UNIVERSIDAD NACIONAL
DE MAR DEL PLATA,
JULIO 8 DE 1992

jueves, 26 de mayo de 2011

Ya no hay hombres! (fuente diario Página 12, 26/05/2011)

PSICOLOGIA › AMOR Y SEXO EN LA POSMODERNIDAD

“¡Ya no hay hombres!”

El autor diferencia entre el amor “moderno” y el “posmoderno”: el primero “ofrecía la mujer-madre, pasiva y sin deseo sexual, y el hombre-de-familia como sostén indiscutido”; el amor posmoderno despega “madre” de “mujer”; ésta “orienta su vida privada desde el deseo sexual” y “los hombres posmodernos deben responder a nuevas exigencias, entre ellas la de soportar el enunciado ‘Ya no hay hombres’”.

 Por Ernesto S. Sinatra *
Una queja (o un lamento) elevado en ocasiones como grito de guerra, caracteriza a las mujeres en los tiempos actuales: “¡Ya no hay hombres!”. Son representadas por él un número apreciable de mujeres heterosexuales que tienen crecientes dificultades para conseguir, sobre todo de un modo permanente, hombres: ya sea para la ocasión, pero especialmente en matrimonio o en concubinato. Sus razones, atendibles, sostienen que, como decía recientemente una analizante, “hombres, lo que se dice hombres de verdad, no se consiguen fácilmente”. Esta dificultad va más allá de diferencias de clase social, ya que es usual encontrar a mujeres pobres encabezando familias monoparentales, por el frecuente abandono de los hombres de sus obligaciones laborales y de manutención de sus mujeres e hijos.
El amor moderno, el freudiano, poseía una precisa representación del hombre y de la mujer que se ha transformado notablemente en el amor posmoderno, lacaniano. El primero ofrecía un estereotipo de la mujer-madre como objeto de amor, pasiva y sin deseo sexual, y del hombre-de-familia como el sostén indiscutido del núcleo familiar; mientras que el amor posmoderno, al despegar “madre” de “mujer”, caracteriza a ésta por su actividad, por el privilegio del trabajo sobre el hogar, por la orientación de su vida privada desde el deseo sexual; en tanto que los hombres “posmodernos” no solo deben enfrentar las consecuencias del avance sociojurídico de las mujeres, sino que deben responder a sus nuevas exigencias, entre ellas la de soportar el enunciado “Ya no hay hombres” y responder con lo que supuestamente tienen.
Los hombres son empujados por las mujeres a dar una respuesta cash, pues ya no alcanza con vanagloriarse de los oropeles masculinos ligados a la sacrosanta medida del falo, sino que, cada día más, son conducidos a demostrar con cada mujer lo que saben hacer “como hombres”.
Verificamos rápidamente las consecuencias para ambos sexos de afrontar el redoblamiento de la apuesta: el surgimiento de nuevos síntomas. En el horizonte masculino surge la devaluación del Don Juan, para muchas mujeres ya una especie en extinción. Es que el modelo donjuanesco requiere de un objeto complementario que ha caído en desuso: el objeto femenino pasivo, sin deseo sexual, sólo despertado por el gran seductor “contra su voluntad”. Don Juan se extingue como figura actual. Surgen entonces las mujeres “que tienen” de verdad; especialmente en ciudades industriales de países desarrollados, pero también en sectores acomodados de países subdesarrollados.
Fuertes y seguras, estas mujeres demuestran que efectivamente pueden tener bienes y lucirlos; ellas son exitosas en sus profesiones, autónomas, seguras de sí y partidarias del sexo sin ataduras ni compromisos estables con hombres. Estas mujeres –con frecuencia divorciadas o aun solteras– padecen síntomas que hasta ayer les eran reservados a los hombres: estrés laboral, fobias diversas localizadas en el temor a la pérdida de objetos: de este modo ellas participan de la angustia del propietario.
En este contexto, no debería sorprendernos la proliferación de manuales de autoayuda. Uno de ellos, escrito por una mujer, ha propuesto para las mujeres normas para “saber-vivir”: se trata de Barbara De Angelis en su libro Los secretos de los hombres que toda mujer debería saber (ed. Grijalbo), donde les propone a “ellas” reglas para obtener éxito con “ellos”. Se trata de un catálogo de seis normas, que expongo a continuación:
1 “Cuando trate de impresionar a un hombre que me gusta hablando tanto acerca de mí misma que no le pregunte a él nada, dejaré de hacerlo y me limitaré a preguntarme si él me conviene.” En el inicio se sitúa el goce del bla-bla-bla del lado femenino, ahora presentado como mascarada-carnada. De él se aprecia que es un obstáculo para el pensamiento equilibrado en las mujeres respecto de su deseo. La tradicional posición femenina del hacerse amar encuentra en esta norma su traducción por el goce narcisista de la lengua como un impedimento para asegurar el lazo con el hombre considerado más conveniente.
2 “Le expresaré mis sentimientos negativos tan pronto como sea consciente de ellos antes de que se consoliden, aunque esto implique hacerle daño.” Nuevamente, se trata de un llamado a la razón femenina a partir de su función discriminatoria, esta vez para decidir lo que hay que decir y cuándo hacerlo: cada mujer debería estar advertida de sus sentimientos para diferenciar los positivos de los negativos y comunicarlos al partenaire –o candidato– en el momento oportuno.
3 “Trabajaré en cuidar mi relación con mi ex esposo cuidando de no considerarme como dañada, y no hablaré de él como si yo fuese la víctima y él fuese el verdugo.” Se introduce aquí una cuestión delicada: la relación de una mujer con su ex. Es notable la toma de posición decidida de la autora: rechaza asumir la posición “natural” de víctima (como suele hacer cierto feminismo débil), y la empuja a confrontarse con su responsabilidad.
4 “Cuando mis sentimientos sean dañinos le diré a mi compañero de pareja qué es lo que estoy sintiendo antes que lloriquear o hacer muecas pretendiendo que no me preocupo o actuando como una niña pequeña.” Esta proposición constituye un mixto entre la segunda y la tercera regla, y agrega el rechazo del comportamiento infantil del llanto, al que caracteriza como típica respuesta femenina.
5 “Cuando me vea llenando vacíos, áreas muertas en la relación, me detendré y me preguntaré si mi compañero de pareja me ha dado últimamente mucho a mí; si no lo ha hecho, le pediré lo que necesito, en lugar de hacer las cosas mejor yo.” Esta regla busca, nuevamente, apelar a la razón femenina para localizar esta vez lo que el partenaire no da y exigírselo, si correspondiere. Esta norma parece recusar la salida femenina del reemplazo del hombre por ella misma, es decir, parece contrariar el recurso de las “nuevas patronas” (ver más abajo).
6 “Cuando me veo a mí misma dando un consejo que no se me ha pedido o tratando a mi compañero como a un niño, dejaré de hacerlo; tomaré aliento y permitiré que se dé cuenta de qué está fuera de su alcance, a no ser que me pida ayuda.” Esta última norma comenta un uso habitual del partenaire masculino en el lazo erótico, frecuente causa de estragos (pero, es preciso agregar, no menos causa de matrimonios): aconseja a cada mujer dejar de situarse como madre cuando el hombre se sitúa como niño.
Cada una de estas normas advierte a las mujeres de algunos de sus síntomas más frecuentes; cada una de ellas gira en torno de la ocasión propicia para responder al partenaire. Pero aquí encontramos la primera dificultad, porque, como se sabe, a la ocasión no sólo la pintan calva sino, también, mujer; y ya que –curiosamente– estas normas no dicen nada acerca de cómo arreglárselas con la otra mujer. Es bien sabido que, cuando una mujer depende de otra para cierto fin, suele haber problemas: Jacques Lacan habló del “estrago” materno para situar la densidad emocional que caracteriza a la relación madre-hija, la que contaminará los futuros encuentros de la hija-mujer con las otras mujeres.
Otra dificultad es que estas reglas son racionales, atinadas, pero –en el mismo punto en el que fracasa todo manual de autoayuda– también suelen ser inservibles. Más allá de esto, en estas normas una mujer toma partido y advierte a otras mujeres, posmodernas, acerca del riesgo de caer en la victimización o en la identificación con la madre, características referibles a la mujer moderna: pasiva y melindrosa, o activa sólo en su función maternal (sobre hijo o marido, da igual).

La patrona

La búsqueda principal para una mujer, en sus encuentros con los hombres –más allá de la satisfacción en sus encuentros sexuales y en la maternidad– la constituye el lograr ser amada por un hombre, llegar a capturar a uno que la ame especialmente a ella, encontrarse con aquel que la distinga con su deseo como una, singular, entre todas las otras mujeres. Cabe observar que, actualmente, este procedimiento suele ser realizado por ellas a repetición, es decir, que el cumplimiento de este rasgo requiere una búsqueda realizada con sucesivos hombres y cuyas condiciones de éxito sólo pueden ser analizadas en cada mujer, singularmente.
Para los hombres, en cambio, la bipartición entre el amor y el goce parece haberlos empujado a una suerte de “infidelidad estructural”. Se constituye entonces el problema masculino en estos términos: cómo podría arreglárselas un hombre con una sola mujer, cómo elegir a una y situarla en el lugar de causa de su deseo. Algunos hombres, a los que podríamos denominar neuróticos “tradicionales”, suelen llamar a sus esposas “la patrona”. La patrona, designación con la que denuncian su elección conforme al tipo de la mujer-madre, organiza sus vidas. Si bien algunos de estos hombres pueden conservar el rasgo de infidelidad “social” y gozar con otras mujeres –sea con amantes ocasionales o estables, o por renta part-time de servicios sexuales–, ¿qué sucede sexualmente con la patrona?
No podría decirse –al menos no en muchos casos– que esos hombres no quieran a su patrona, mujer única para ellos; pero, ¿cómo gozar de la patrona en la cama? Ya que se sabe, desde Freud, que para gozar de una mujer en el acto sexual un hombre debe faltarle el respeto. Esto se refiere a la idealización de una mujer: si una mujer está “allí arriba”, no puede compartir el lecho “aquí abajo”. Imaginemos a un hombre –estoy pensando en una dificultad narrada por un sujeto obsesivo– que, en el preciso momento de penetrar a su esposa, se encontró viendo a la madre... de sus hijos. ¿Cómo podría poseerla “de verdad”, si su libido se halla adherida al objeto incestuoso y toda su vida ha girado en torno de su dedicación a esa madre, mientras secretamente se consagraba –aunque no menos en la actualidad– a ejercicios masturbatorios?
Y ahora desde la perspectiva de “la patrona”, ¿qué sucede cuando ella se ubica complaciente y decididamente en su puesto de mando, aunque haga de ese lugar el último baluarte de una sempiterna queja? Una mujer, cuando se trata de obtener goce sexual en el encuentro con un hombre, deberá dejarse tomar como objeto causa de deseo, es decir, prestarse a ese goce que él obtiene con su fantasma, y por ese medio extraer ella Otro goce que excederá no solo a él, sino, y especialmente, a ella misma. La patrona de la que hablamos no parece estar dispuesta a esos deslices libidinales, ya que su satisfacción está puesta en otro lugar: “fabricar a su hombre” (ver más abajo), llámese “maternidad”.

Nueva patrona

Las mujeres de hoy ya no necesitan el palo de amasar de la patrona-ama-de-casa como emblema del poder fálico (y quizá tampoco requieran tanto como antes de sus hijos, al menos no de los hijos concebidos con sus maridos). Con las transformaciones del mercado capitalista se ha modificado el equilibrio de fuerzas entre hombres y mujeres. La justa apropiación por parte de las mujeres de sectores ligados tradicionalmente con la esfera pública ha introducido cuantiosos matices en la guerra entre los sexos. Un nuevo tipo femenino no oculta su predilección por el sexo ocasional. Decididas en el encuentro sexual, suelen quejarse de que los hombres se intimidan cuando ellas los encaran dejando ver las llaves de su departamento o de su auto. Ese gesto puede constituir una mostración de la impotencia masculina (“Ahora yo lo tengo y vos no”) y resultar para un hombre un castigo aún más doloroso que el inocente palo de amasar de antaño. Venganza femenina/humillación masculina. Sin embargo, un hombre, confrontado con ese señuelo, no tendría por qué sentirse intimidado: sólo la magnitud de su indexación fálica habrá determinado esa respuesta. Una mujer en el diván, enojada consigo misma, se quejaba por cómo había tratado a un hombre que la atraía especialmente. Luego del momento inicial de mutua seducción, y ya en el umbral de un encuentro sexual, ella le preguntó si había traído preservativos. A su respuesta “Traje algunos, ¿y vos?”, ella no tuvo mejor idea que decirle: “¡Bueno, bueno, cuánta fe que nos tenemos!”. La respuesta de él no se hizo esperar: impotencia sexual.
Del lado de estas mujeres se ha producido una inversión dialéctica en su posición discursiva: han dejado de sentirse “mujeres-objeto” para procurarse “hombres-objeto”. Como otra de ellas me enfatizaba en una entrevista: “Yo, como muchas de mis amigas, no estamos dispuestas a tener un hombre al lado durante mucho tiempo. Al tiempo se vuelven insoportables y hay que pedirles que se vayan”.
En una primera entrevista, otra mujer –ejecutiva, famosa, reconocida socialmente– hablaba de los hombres igual que ciertos hombres hablan de las mujeres. Un rasgo de su padre, que comentó al pasar, era la sustancia identificatoria de la que se alimentaba: ella era en el mundo de los negocios –éstas fueron sus palabras– “un hombre más”, y obtenía su éxito empresarial en el mismo rubro en el que su padre había fracasado. Efectivamente se había transformado en un hombre más, y no le hizo falta ninguna prótesis peneana para serlo; tampoco era homosexual; era una mujer perfectamente neurótica.
Este tipo de mujeres hacen el hombre a su manera: no son las que tienen (ni quieren) un marido a quien hacer existir como el hombre que ellas pretenderían ser; ellas no moldean a “su” hombre a su imagen y semejanza. Para ellas el reemplazo es directo y sin mediación: son ellas quienes lo borran del mapa y se colocan en su lugar. Este tipo de mujer “posmoderna” constituye un envés de aquella otra, “moderna”, que, encerrada en su familia, se había dedicado a fabricar a su hombre: vistiéndolo, mandándolo al trabajo (y a la vida), con una caricatura de docilidad que la encuentra pasiva, callada y siempre plegada al deseo masculino.
De esta nueva posición, el testimonio light lo constituyen los clubes de mujeres solas –o casadas pero reunidas solas para la ocasión– presenciando stripteases masculinos, ululando con cada trozo de los cuerpos exhibidos y peleándose ritualmente, de un modo fetichista, para conseguir el slip ofrecido. Esta práctica se ha transformado en un hábito aceptado socialmente; a veces, aunque no siempre, con el único requisito de que las mujeres casadas vuelvan después a sus casas.
Se deduce que la división amor-goce pareciera ya no funcionar exclusivamente del lado de los hombres, a partir de que el simulacro fálico ha tomado legitimidad jurídico-social para las mujeres. Pero quedan aún por determinar las variaciones singulares que se producen, no sólo en la esfera pública, a partir del justo reconocimiento de la paridad legal entre ambos sexos, sino especialmente en el campo del goce sexual, ya que en éste no existe la justicia distributiva.
* Texto extractado de ¡Por fin hombres al fin! (ed. Grama)

Ley 26.657 De Salud Mental

SALUD PÚBLICA / Ley 26.657
Derecho a la Protección de la Salud Mental.
Disposiciones complementarias. Derógase la Ley Nº 22.914.
Sancionada: Noviembre 25 de 2010
Promulgada: Diciembre 2 de 2010

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL

Capítulo I: Derechos y garantías
ARTICULO 1° — La presente ley tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas, y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental que se encuentran en el territorio nacional, reconocidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos, con jerarquía constitucional, sin perjuicio de las regulaciones más beneficiosas que para la protección de estos derechos puedan establecer las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTICULO 2° — Se consideran parte integrante de la presente ley los Principios de Naciones Unidas para la Protección de los Enfermos Mentales y para el Mejoramiento de la Atención de Salud Mental, adoptado por la Asamblea General en su resolución 46/119 del 17 de diciembre de 1991. Asimismo, la Declaración de Caracas de la Organización Panamericana de la Salud y de la Organización Mundial de la Salud, para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica dentro de los Sistemas Locales de Salud, del 14 de noviembre de 1990, y los Principios de Brasilia Rectores; para el Desarrollo de la Atención en Salud Mental en las Américas, del 9 de noviembre de 1990, se consideran instrumentos de orientación para la planificación de políticas públicas.

Capítulo II: Definición
ARTICULO 3° — En el marco de la presente ley se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.
Se debe partir de la presunción de capacidad de todas las personas.
En ningún caso puede hacerse diagnóstico en el campo de la salud mental sobre la base exclusiva de:
a) Status político, socio-económico, pertenencia a un grupo cultural, racial o religioso;
b) Demandas familiares, laborales, falta de conformidad o adecuación con valores morales, sociales, culturales, políticos o creencias religiosas prevalecientes en la comunidad donde vive la persona;
c) Elección o identidad sexual;
d) La mera existencia de antecedentes de tratamiento u hospitalización.
ARTICULO 4° — Las adicciones deben ser abordadas como parte integrante de las políticas de salud mental. Las personas con uso problemático de drogas, legales e ilegales, tienen todos los derechos y garantías que se establecen en la presente ley en su relación con los servicios de salud.
ARTICULO 5° — La existencia de diagnóstico en el campo de la salud mental no autoriza en ningún caso a presumir riesgo de daño o incapacidad, lo que sólo puede deducirse a partir de una evaluación interdisciplinaria de cada situación particular en un momento determinado.

Capítulo III: Ámbito de aplicación
ARTICULO 6° — Los servicios y efectores de salud públicos y privados, cualquiera sea la forma jurídica que tengan, deben adecuarse a los principios establecidos en la presente ley.
Capítulo IV: Derechos de las personas con padecimiento mental
ARTICULO 7° — El Estado reconoce a las personas con padecimiento mental los siguientes derechos:
a) Derecho a recibir atención sanitaria y social integral y humanizada, a partir del acceso gratuito, igualitario y equitativo a las prestaciones e insumos necesarios, con el objeto de asegurar la recuperación y preservación de su salud;
b) Derecho a conocer y preservar su identidad, sus grupos de pertenencia, su genealogía y su historia;
c) Derecho a recibir una atención basada en fundamentos científicos ajustados a principios éticos;
d) Derecho a recibir tratamiento y a ser tratado con la alternativa terapéutica más conveniente, que menos restrinja sus derechos y libertades, promoviendo la integración familiar, laboral y comunitaria;
e) Derecho a ser acompañado antes, durante y luego del tratamiento por sus familiares, otros afectos o a quien la persona con padecimiento mental designe;
f) Derecho a recibir o rechazar asistencia o auxilio espiritual o religioso;
g) Derecho del asistido, su abogado, un familiar, o allegado que éste designe, a acceder a sus antecedentes familiares, fichas e historias clínicas;
h) Derecho a que en el caso de internación involuntaria o voluntaria prolongada, las condiciones de la misma sean supervisadas periódicamente por el órgano de revisión;
i) Derecho a no ser identificado ni discriminado por un padecimiento mental actual o pasado;
j) Derecho a ser informado de manera adecuada y comprensible de los derechos que lo asisten, y de todo lo inherente a su salud y tratamiento, según las normas del consentimiento informado, incluyendo las alternativas para su atención, que en el caso de no ser comprendidas por el paciente se comunicarán a los familiares, tutores o representantes legales;
k) Derecho a poder tomar decisiones relacionadas con su atención y su tratamiento dentro de sus posibilidades;
l) Derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con resguardo de su intimidad, siendo reconocido siempre como sujeto de derecho, con el pleno respeto de su vida privada y libertad de comunicación;
m) Derecho a no ser objeto de investigaciones clínicas ni tratamientos experimentales sin un consentimiento fehaciente;
n) Derecho a que el padecimiento mental no sea considerado un estado inmodificable;
o) Derecho a no ser sometido a trabajos forzados;
p) Derecho a recibir una justa compensación por su tarea en caso de participar de actividades encuadradas como laborterapia o trabajos comunitarios, que impliquen producción de objetos, obras o servicios que luego sean comercializados.

Capítulo V: Modalidad de abordaje
ARTICULO 8° — Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes.
ARTICULO 9° — El proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales.
ARTICULO 10. — Por principio rige el consentimiento informado para todo tipo de intervenciones, con las únicas excepciones y garantías establecidas en la presente ley.
Las personas con discapacidad tienen derecho a recibir la información a través de medios y tecnologías adecuadas para su comprensión.
ARTICULO 11. — La Autoridad de Aplicación debe promover que las autoridades de salud de cada jurisdicción, en coordinación con las áreas de educación, desarrollo social, trabajo y otras que correspondan, implementen acciones de inclusión social, laboral y de atención en salud mental comunitaria. Se debe promover el desarrollo de dispositivos tales como: consultas ambulatorias; servicios de inclusión social y laboral para personas después del alta institucional; atención domiciliaria supervisada y apoyo a las personas y grupos familiares y comunitarios; servicios para la promoción y prevención en salud mental, así como otras prestaciones tales como casas de convivencia, hospitales de día, cooperativas de trabajo, centros de capacitación socio-laboral, emprendimientos sociales, hogares y familias sustitutas.
ARTICULO 12. — La prescripción de medicación sólo debe responder a las necesidades fundamentales de la persona con padecimiento mental y se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo, por conveniencia de terceros, o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados especiales. La indicación y renovación de prescripción de medicamentos sólo puede realizarse a partir de las evaluaciones profesionales pertinentes y nunca de forma automática. Debe promoverse que los tratamientos psicofarmacológicos se realicen en el marco de abordajes interdisciplinarios.
Capítulo VI: Del equipo interdisciplinario
ARTICULO 13. — Los profesionales con título de grado están en igualdad de condiciones para ocupar los cargos de conducción y gestión de los servicios y las instituciones, debiendo valorarse su idoneidad para el cargo y su capacidad para integrar los diferentes saberes que atraviesan el campo de la salud mental. Todos los trabajadores integrantes de los equipos asistenciales tienen derecho a la capacitación permanente y a la protección de su salud integral, para lo cual se deben desarrollar políticas específicas.
Capítulo VII: Internaciones
ARTICULO 14. — La internación es considerada como un recurso terapéutico de carácter restrictivo, y sólo puede llevarse a cabo cuando aporte mayores beneficios terapéuticos que el resto de las intervenciones realizables en su entorno familiar, comunitario o social. Debe promoverse el mantenimiento de vínculos, contactos y comunicación de las personas internadas con sus familiares, allegados y con el entorno laboral y social, salvo en aquellas excepciones que por razones terapéuticas debidamente fundadas establezca el equipo de salud interviniente.
ARTICULO 15. — La internación debe ser lo más breve posible, en función de criterios terapéuticos interdisciplinarios. Tanto la evolución del paciente como cada una de las intervenciones del equipo interdisciplinario deben registrarse a diario en la historia clínica. En ningún caso la internación puede ser indicada o prolongada para resolver problemáticas sociales o de vivienda, para lo cual el Estado debe proveer los recursos adecuados a través de los organismos públicos competentes.
ARTICULO 16. — Toda disposición de internación, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) horas, debe cumplir con los siguientes requisitos:
a) Evaluación, diagnóstico interdisciplinario e integral y motivos que justifican la internación, con la firma de al menos dos profesionales del servicio asistencial donde se realice la internación, uno de los cuales debe ser necesariamente psicólogo o médico psiquiatra;
b) Búsqueda de datos disponibles acerca de la identidad y el entorno familiar;
c) Consentimiento informado de la persona o del representante legal cuando corresponda. Sólo se considera válido el consentimiento cuando se presta en estado de lucidez y con comprensión de la situación, y se considerará invalidado si durante el transcurso de la internación dicho estado se pierde, ya sea por el estado de salud de la persona o por efecto de los medicamentos o terapéuticas aplicadas. En tal caso deberá procederse como si se tratase de una internación involuntaria.
ARTICULO 17. — En los casos en que la persona no estuviese acompañada por familiares o se desconociese su identidad, la institución que realiza la internación, en colaboración con los organismos públicos que correspondan, debe realizar las averiguaciones tendientes a conseguir datos de los familiares o lazos afectivos que la persona tuviese o indicase, o esclarecer su identidad, a fin de propiciar su retorno al marco familiar y comunitario lo antes posible. La institución debe brindar colaboración a los requerimientos de información que solicite el órgano de revisión que se crea en el artículo 38 de la presente ley.
ARTICULO 18. — La persona internada bajo su consentimiento podrá en cualquier momento decidir por sí misma el abandono de la internación. En todos los casos en que las internaciones voluntarias se prolonguen por más de SESENTA (60) días corridos, el equipo de salud a cargo debe comunicarlo al órgano de revisión creado en el artículo 38 y al juez. El juez debe evaluar, en un plazo no mayor de CINCO (5) días de ser notificado, si la internación continúa teniendo carácter voluntario o si la misma debe pasar a considerarse involuntaria, con los requisitos y garantías establecidos para esta última situación. En caso de que la prolongación de la internación fuese por problemáticas de orden social, el juez deberá ordenar al órgano administrativo correspondiente la inclusión en programas sociales y dispositivos específicos y la externación a la mayor brevedad posible, comunicando dicha situación al órgano de revisión creado por esta ley.
ARTICULO 19. — El consentimiento obtenido o mantenido con dolo, debidamente comprobado por autoridad judicial, o el incumplimiento de la obligación de informar establecida en los capítulos VII y VIII de la presente ley, harán pasible al profesional responsable y al director de la institución de las acciones civiles y penales que correspondan.
ARTICULO 20. — La internación involuntaria de una persona debe concebirse como recurso terapéutico excepcional en caso de que no sean posibles los abordajes ambulatorios, y sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros. Para que proceda la internación involuntaria, además de los requisitos comunes a toda internación, debe hacerse constar:
a) Dictamen profesional del servicio asistencial que realice la internación. Se debe determinar la situación de riesgo cierto e inminente a que hace referencia el primer párrafo de este artículo, con la firma de dos profesionales de diferentes disciplinas, que no tengan relación de parentesco, amistad o vínculos económicos con la persona, uno de los cuales deberá ser psicólogo o médico psiquiatra;
b) Ausencia de otra alternativa eficaz para su tratamiento;
c) Informe acerca de las instancias previas implementadas si las hubiera.
ARTICULO 21. — La internación involuntaria debidamente fundada debe notificarse obligatoriamente en un plazo de DIEZ (10) horas al juez competente y al órgano de revisión, debiendo agregarse a las CUARENTA Y OCHO (48) horas como máximo todas las constancias previstas en el artículo 20. El juez en un plazo máximo de TRES (3) días corridos de notificado debe:
a) Autorizar, si evalúa que están dadas las causales previstas por esta ley;
b) Requerir informes ampliatorios de los profesionales tratantes o indicar peritajes externos, siempre que no perjudiquen la evolución del tratamiento, tendientes a evaluar si existen los supuestos necesarios que justifiquen la medida extrema de la internación involuntaria y/o;
c) Denegar, en caso de evaluar que no existen los supuestos necesarios para la medida de internación involuntaria, en cuyo caso debe asegurar la externación de forma inmediata.
El juez sólo puede ordenar por sí mismo una internación involuntaria cuando, cumplidos los requisitos establecidos en el artículo 20, el servicio de salud responsable de la cobertura se negase a realizarla.
ARTICULO 22. — La persona internada involuntariamente o su representante legal, tiene derecho a designar un abogado. Si no lo hiciera, el Estado debe proporcionarle uno desde el momento de la internación. El defensor podrá oponerse a la internación y solicitar la externación en cualquier momento. El juzgado deberá permitir al defensor el control de las actuaciones en todo momento.
ARTICULO 23. — El alta, externación o permisos de salida son facultad del equipo de salud que no requiere autorización del juez. El mismo deberá ser informado si se tratase de una internación involuntaria, o voluntaria ya informada en los términos de los artículos 18 ó 26 de la presente ley. El equipo de salud está obligado a externar a la persona o transformar la internación en voluntaria, cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 16 apenas cesa la situación de riesgo cierto e inminente. Queda exceptuado de lo dispuesto en el presente artículo, las internaciones realizadas en el marco de lo previsto en el artículo 34 del Código Penal.
ARTICULO 24. — Habiendo autorizado la internación involuntaria, el juez debe solicitar informes con una periodicidad no mayor a TREINTA (30) días corridos a fin de reevaluar si persisten las razones para la continuidad de dicha medida, y podrá en cualquier momento disponer su inmediata externación.
Si transcurridos los primeros NOVENTA (90) días y luego del tercer informe continuase la internación involuntaria, el juez deberá pedir al órgano de revisión que designe un equipo interdisciplinario que no haya intervenido hasta el momento, y en lo posible independiente del servicio asistencial interviniente, a fin de obtener una nueva evaluación. En caso de diferencia de criterio, optará siempre por la que menos restrinja la libertad de la persona internada.
ARTICULO 25. — Transcurridos los primeros SIETE (7) días en el caso de internaciones involuntarias, el juez, dará parte al órgano de revisión que se crea en el artículo 38 de la presente ley.
ARTICULO 26. — En caso de internación de personas menores de edad o declaradas incapaces, se debe proceder de acuerdo a lo establecido por los artículos 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de la presente ley. En el caso de niños, niñas y adolescentes, además se procederá de acuerdo a la normativa nacional e internacional de protección integral de derechos.
ARTICULO 27. — Queda prohibida por la presente ley la creación de nuevos manicomios, neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados. En el caso de los ya existentes se deben adaptar a los objetivos y principios expuestos, hasta su sustitución definitiva por los dispositivos alternativos. Esta adaptación y sustitución en ningún caso puede significar reducción de personal ni merma en los derechos adquiridos de los mismos.
ARTICULO 28. — Las internaciones de salud mental deben realizarse en hospitales generales. A tal efecto los hospitales de la red pública deben contar con los recursos necesarios. El rechazo de la atención de pacientes, ya sea ambulatoria o en internación, por el solo hecho de tratarse de problemática de salud mental, será considerado acto discriminatorio en los términos de la ley 23.592.
ARTICULO 29. — A los efectos de garantizar los derechos humanos de las personas en su relación con los servicios de salud mental, los integrantes, profesionales y no profesionales del equipo de salud son responsables de informar al órgano de revisión creado por la presente ley y al juez competente, sobre cualquier sospecha de irregularidad que implicara un trato indigno o inhumano a personas bajo tratamiento o limitación indebida de su autonomía. La sola comunicación a un superior jerárquico dentro de la institución no relevará al equipo de salud de tal responsabilidad si la situación irregular persistiera. Dicho procedimiento se podrá realizar bajo reserva de identidad y contará con las garantías debidas del resguardo a su fuente laboral y no será considerado como violación al secreto profesional.
Debe promoverse la difusión y el conocimiento de los principios, derechos y garantías reconocidos y las responsabilidades establecidas en la presente ley a todos los integrantes de los equipos de salud, dentro de un lapso de NOVENTA (90) días de la sanción de la presente ley, y al momento del ingreso de cada uno de los trabajadores al sistema.
Capítulo VIII: Derivaciones
ARTICULO 30. — Las derivaciones para tratamientos ambulatorios o de internación que se realicen fuera del ámbito comunitario donde vive la persona sólo corresponden si se realizan a lugares donde la misma cuenta con mayor apoyo y contención social o familiar. Los traslados deben efectuarse con acompañante del entorno familiar o afectivo de la persona. Si se trata de derivaciones con internación, debe procederse del modo establecido en el Capítulo VII de la presente ley. Tanto el servicio o institución de procedencia como el servicio o institución de destino, están obligados a informar dicha derivación al Órgano de Revisión, cuando no hubiese consentimiento de la persona.
Capítulo IX: Autoridad de Aplicación
ARTICULO 31. — El Ministerio de Salud de la Nación es la Autoridad de Aplicación de la presente ley, a partir del área específica que designe o cree a tal efecto, la que debe establecer las bases para un Plan Nacional de Salud Mental acorde a los principios establecidos.
ARTICULO 32. — En forma progresiva y en un plazo no mayor a TRES (3) años a partir de la sanción de la presente ley, el Poder Ejecutivo debe incluir en los proyectos de presupuesto un incremento en las partidas destinadas a salud mental hasta alcanzar un mínimo del DIEZ POR CIENTO (10 %) del presupuesto total de salud. Se promoverá que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten el mismo criterio.
ARTICULO 33. — La Autoridad de Aplicación debe desarrollar recomendaciones dirigidas a las universidades públicas y privadas, para que la formación de los profesionales en las disciplinas involucradas sea acorde con los principios, políticas y dispositivos que se establezcan en cumplimiento de la presente ley, haciendo especial hincapié en el conocimiento de las normas y tratados internacionales en derechos humanos y salud mental. Asimismo, debe promover espacios de capacitación y actualización para profesionales, en particular para los que se desempeñen en servicios públicos de salud mental en todo el país.
ARTICULO 34. — La Autoridad de Aplicación debe promover, en consulta con la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con la colaboración de las jurisdicciones, el desarrollo de estándares de habilitación y supervisión periódica de los servicios de salud mental públicos y privados.
ARTICULO 35. — Dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos de la sanción de la presente ley, la Autoridad de Aplicación debe realizar un censo nacional en todos los centros de internación en salud mental del ámbito público y privado para relevar la situación de las personas internadas, discriminando datos personales, sexo, tiempo de internación, existencia o no de consentimiento, situación judicial, situación social y familiar, y otros datos que considere relevantes. Dicho censo debe reiterarse con una periodicidad máxima de DOS (2) años y se debe promover la participación y colaboración de las jurisdicciones para su realización.
ARTICULO 36. — La Autoridad de Aplicación, en coordinación con los ministerios de Educación, Desarrollo Social y Trabajo, Empleo y Seguridad Social, debe desarrollar planes de prevención en salud mental y planes específicos de inserción socio-laboral para personas con padecimiento mental. Dichos planes, así como todo el desarrollo de la política en salud mental, deberá contener mecanismos claros y eficientes de participación comunitaria, en particular de organizaciones de usuarios y familiares de los servicios de salud mental. Se promoverá que las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adopten el mismo criterio.
ARTICULO 37. — La Autoridad de Aplicación, en coordinación con la Superintendencia de Servicios de Salud, debe promover la adecuación de la cobertura en salud mental de las obras sociales a los principios establecidos en la presente ley, en un plazo no mayor a los NOVENTA (90) días corridos a partir de la sanción de la presente.
Capítulo X: Órgano de Revisión
ARTICULO 38. — Créase en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa el Órgano de Revisión con el objeto de proteger los derechos humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.
ARTICULO 39. — El Órgano de Revisión debe ser multidisciplinario, y estará integrado por representantes del Ministerio de Salud de la Nación, de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, del Ministerio Público de la Defensa, de asociaciones de usuarios y familiares del sistema de salud, de los profesionales y otros trabajadores de la salud y de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los derechos humanos.
ARTICULO 40. — Son funciones del Órgano de Revisión:
a) Requerir información a las instituciones públicas y privadas que permita evaluar las condiciones en que se realizan los tratamientos;
b) Supervisar de oficio o por denuncia de particulares las condiciones de internación por razones de salud mental, en el ámbito público y privado;
c) Evaluar que las internaciones involuntarias se encuentren debidamente justificadas y no se prolonguen más del tiempo mínimo necesario, pudiendo realizar las denuncias pertinentes en caso de irregularidades y eventualmente, apelar las decisiones del juez;
d) Controlar que las derivaciones que se realizan fuera del ámbito comunitario cumplan con los requisitos y condiciones establecidos en el artículo 30 de la presente ley;
e) Informar a la Autoridad de Aplicación periódicamente sobre las evaluaciones realizadas y proponer las modificaciones pertinentes;
f) Requerir la intervención judicial ante situaciones irregulares;
g) Hacer presentaciones ante el Consejo de la Magistratura o el Organismo que en cada jurisdicción evalúe y sancione la conducta de los jueces en las situaciones en que hubiera irregularidades;
h) Realizar recomendaciones a la Autoridad de Aplicación;
i) Realizar propuestas de modificación a la legislación en salud mental tendientes a garantizar los derechos humanos;
j) Promover y colaborar para la creación de órganos de revisión en cada una de las jurisdicciones, sosteniendo espacios de intercambio, capacitación y coordinación, a efectos del cumplimiento eficiente de sus funciones;
k) Controlar el cumplimiento de la presente ley, en particular en lo atinente al resguardo de los derechos humanos de los usuarios del sistema de salud mental;
l) Velar por el cumplimiento de los derechos de las personas en procesos de declaración de inhabilidad y durante la vigencia de dichas sentencias.
Capítulo XI: Convenios de cooperación con las provincias
ARTICULO 41. — El Estado nacional debe promover convenios con las jurisdicciones para garantizar el desarrollo de acciones conjuntas tendientes a implementar los principios expuestos en la presente ley. Dichos convenios incluirán:
a) Cooperación técnica, económica y financiera de la Nación para la implementación de la presente ley;
b) Cooperación para la realización de programas de capacitación permanente de los equipos de salud, con participación de las universidades;
c) Asesoramiento para la creación en cada una de las jurisdicciones de áreas específicas para la aplicación de políticas de salud mental, las que actuarán en coordinación con la Autoridad de Aplicación nacional de la presente ley.
Capítulo XII: Disposiciones complementarias
ARTICULO 42. — Incorpórase como artículo 152 ter del Código Civil:
Artículo 152 ter: Las declaraciones judiciales de inhabilitación o incapacidad deberán fundarse en un examen de facultativos conformado por evaluaciones interdisciplinarias. No podrán extenderse por más de TRES (3) años y deberán especificar las funciones y actos que se limitan, procurando que la afectación de la autonomía personal sea la menor posible.
ARTICULO 43. — Sustitúyese el artículo 482 del Código Civil, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 482: No podrá ser privado de su libertad personal el declarado incapaz por causa de enfermedad mental o adicciones, salvo en los casos de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros, quien deberá ser debidamente evaluado por un equipo interdisciplinario del servicio asistencial con posterior aprobación y control judicial.
Las autoridades públicas deberán disponer el traslado a un establecimiento de salud para su evaluación a las personas que por padecer enfermedades mentales o adicciones se encuentren en riesgo cierto e inminente para sí o para terceros.
A pedido de las personas enumeradas en el artículo 144 el juez podrá, previa información sumaria, disponer la evaluación de un equipo interdisciplinario de salud para las personas que se encuentren afectadas de enfermedades mentales y adicciones, que requieran asistencia en establecimientos adecuados aunque no justifiquen la declaración de incapacidad o inhabilidad.
ARTICULO 44. — Derógase la Ley 22.914.
ARTICULO 45. — La presente ley es de orden público.
ARTICULO 46. — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 26.657 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER.
— Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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SALUD PÚBLICA
Decreto 1855/2010
Promúlgase la Ley Nº 26.657.
Bs. As., 2/12/2010
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 26.657 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Juan L. Manzur.

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